Informe de Cumplimiento Tributario (ICT)
El informe de cumplimiento tributario (ICT) correspondiente al ejercicio 2025, debe ser elaborado por auditores externos sobre la base de los anexos preparados por el sujeto pasivo.
Plazo y lugar de presentación.- El ICT y sus anexos se presentan en el mes de julio de 2026, conforme al noveno dígito del RUC del sujeto pasivo auditado.
| NOVENO DIGITO RUC | FECHA MAXIMA DE PRESENTACION |
| 1 | 10 de julio |
| 2 | 12 de julio |
| 3 | 14 de julio |
| 4 | 16 de julio |
| 5 | 18 de julio |
| 6 | 20 de julio |
| 7 | 22 de julio |
| 8 | 24 de julio |
| 9 | 26 de julio |
| 0 | 28 de julio |

Cabe destacar que el SRI no ha realizado cambios importantes respecto del año 2025.
Vencimiento:
Cuando una fecha de vencimiento coincide con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquélla se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del caso traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuya regla no se aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. "
La falta de presentación de la información mencionada, será sancionada con la clausura de los establecimientos del contribuyente infractor, por un lapso mínimo de siete días.
La presentación tardía o incompleta, constituye falta reglamentaria y es sancionada con multa conforme el instructivo para la aplicación de sanciones pecuniarias.
La suscripción de contratos de auditoría externa en forma extemporánea, la falta de contratación o alguna otra circunstancia relacionada con la entrega de la información, No justifica el incumplimiento de presentación.





